Aunque el artículo es bastante antiguo ya, sigue compartiéndose en las redes sociales, será por eso que dicen que una mentira repetida 1000 veces se convierte en verdad... Pero este no es caso. Los artículos que se comparten dicen los siguiente:
Las multas de aparcamiento puestas en zona azul son todas nulas de pleno derecho según el art 62.1.b de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre y el art 3 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero
Dice que no estás obligado a pagarlo, primero porque ya pagas un impuesto de circulación, que además el importe que pagas para aparcar va a una empresa privada, y que las anulaciones de las multas también. Que además las multas las envían como si las pusiese un policía municipal que por eso no son legales, que puedes recurrir a la diputación y te anularán la multa. El autor incluso afirma que a el le han anulado 3 multas así.
Pero la verdad es que ya está mas que demostrado (y solo hay que ver los comentarios de la Web del autor, que no voy a enlazar por no darle mas visitas) que esto no funciona. Los recursos son denegados sistemáticamente por la diputación, por lo que no solo pierdes la opción de anular la multa en el día (por 3€ o 10€), o realizar un pronto pago con el 50% de descuento, si no que además te pueden cobrar recargos por retrasos en el pago.
¿Y porque no anulan la multa si son nulas como afirma el autor? Porque las multas están bien atadas legalmente, los operarios de la Zona de aparcamiento regulada no multan, se limitan a notificar al ayuntamiento un incumplimiento en su normativa de aparcamiento (como cualquier usuario puede hacer), el ayuntamiento en ese momento genera la denuncia con su correspondiente multa, de forma totalmente legal.
Lo que si es verdad. A diferencia con un policía, el operario de la zona regulada no tiene presunción de veracidad, por tanto cualquier recurso en un ayuntamiento (que no diputación) lo deberían analizar de forma individual. Por ejemplo, en los municipios en los que no hace falta meter la matricula para aparcar deben anular cualquier multa si te presentas con un ticket de aparcamiento (aunque no sea de tu coche), no es suficiente que el operario certifique que no tenías el ticket puesto en alguna zona visible. En muchos ayuntamientos están instalando sistemas con matriculas para evitar estos problemas, es un sistema informático el que demuestra si había ticket pagado o no. Contra eso no hay muchos recurso posible.
PD: La misma Web añade además que las multas de aparcamiento en comunidades autónomas con idioma propio donde la señal no esté en Español son nulas. Indica que además que es muy fácil conseguir este recurso porque el 100% de las señales de Galicia, Levante, Cataluña y País Vasco están solo en el idioma autonómico... En primer lugar esto es falso, la normativa indica que debe estar en uno de los idiomas oficiales, por tanto si solo está en Catalán es totalmente valida. Y además salvo en Cataluña y tal vez Levante, en Galicia y País Vasco casi todas las señales están al menos en los dos idiomas (si no solo en Español). Por tanto ni el recurso sería válido ni la información que aporte es real.